(Publicación BOE 18 de agosto de 2025)
El 18 de agosto de 2025, el IX Convenio Colectivo Nacional para el Sector del Auto‑Taxi fue oficialmente publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aunque esta formalización ocurrió a mediados de 2025, el convenio entró en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024, con una vigencia que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, pudiendo prorrogarse automáticamente si no se denuncia con al menos dos meses de antelación.
¿A quién afecta?
- Ámbito funcional: Empresas privadas titulares de licencia de auto‑taxi, tanto en transporte urbano como interurbano.
- Ámbito personal: Todos los trabajadores —conductores, personal administrativo, de talleres o emisoras— excepto cargos de alta dirección.
- Ámbito territorial: Aplicable en todo el territorio nacional.
- Firmantes: Asociación Nacional ANTAXI (empresarial), junto con los sindicatos UGT y CCOO.
Principales novedades del convenio
1. Modernización salarial
- Salario mínimo garantizado: Fijado en 17 500 € anuales para conductores básicos, y 19 500 € para profesionales especializados.
- Se incluye revisión automática ligada al IPC real, con un tope del 3 %.
2. Revisión de jornada y registro laboral
- Jornada anual máxima: 1 780 horas por año.
- Registro digital de jornada: Obligatorio para titulares de licencia y empresas que empleen tres o más asalariados.
3. Derechos y conciliación laboral
- Introducción de pluses, pagas extraordinarias, permisos ampliados y medidas de conciliación familiar.
- Nuevas disposiciones en materia de igualdad de género y facilidades para jubilación parcial voluntaria.
4. Fin del sistema retributivo tradicional
- Se elimina el sistema basado en retribución por porcentaje de recaudación.
- Se establece un salario fijo y garantizado.
5. Protocolo de aplicación y resolución de conflictos
- Se crea una comisión paritaria para mediar, conciliar o arbitrar conflictos colectivos.
¿Qué significa este convenio para el sector?
1. Seguridad salarial real.
2. Mayor control laboral.
3. Modernización de beneficios.
4. Estabilidad y continuidad.
5. Equilibrio entre derechos y costes.
Conclusión
El IX Convenio Colectivo Nacional del Taxi marca un antes y un después en el sector. Con enfoque en derechos laborales sólidos, conciliación, transparencia y estabilidad, su aplicación a nivel nacional iguala criterios laborales y actualiza un marco que llevaba prácticamente sin renovación.
